Los derechos de autor son un conjunto de facultades que tienen como finalidad proteger la originalidad de las obras. Esto permite a los autores controlar la distribución de sus obras, la forma en que estas se explotan y salvaguardar la originalidad e integridad de las mismas.

Es fundamental, por tanto, saber qué son los derechos de autor y qué tipos de derechos de autor existen. Para ello, es preciso estudiar la legislación española en este sentido, ya que es en ella en la que se determina qué son derechos de autor y sus tipos.

Tipos de derechos de autor y qué protegen

Qué son los derechos de autor

Los derechos de autor son un conjunto de facultades que poseen los autores sobre las obras que hubieran creado. A través de los derechos de autor, se protege la expresión de las ideas originales. Esto significa que, si bien pueden existir diferentes creaciones que se centran en torno a una idea similar, es necesario que prevalezca la originalidad de los trabajos.

De acuerdo con la ley de propiedad intelectual, el autor es la persona física que lleva a cabo la creación de obras artísticas, literarias o científicas. Por otro lado, las obras protegidas por los derechos de autor son textos, música, artes, teatro y coreografía, películas o programas informáticos, entre otras.

Qué es lo que se protege

Los derechos de autor protegen diferentes obras. Son las siguientes:

  • Obras originales científicas, literarias y artísticas. Este es el caso de libros, composiciones musicales, pinturas, obras audiovisuales, fotografías, esculturas, programas informáticos, etc.
  • Obras derivadas de las obras artísticas, literarias y científicas. Aquí hablamos de traducciones, resúmenes o adaptaciones, entre otras.
  • Colecciones. Nos referimos a compendios, antologías o bases de datos, entre otros.

Se ha de tener en cuenta que todas las obras gozarán de la protección que otorgan los derechos de autor, independientemente del formato en que se creen, salvaguardándose la originalidad de las obras e impidiendo que estas sean plagiadas. Así pues, las obras en formato papel, telemático o audiovisual, entre otros, tendrán la misma protección.

Tipos de derechos de autor

Los derechos de autor tienen un contenido moral y un contenido económico, de acuerdo con los artículos 428 y 429 del Código Civil. Esto es de vital importancia, ya que determinará los tipos de derechos de autor que existen.

Derechos morales

Los derechos de autor morales protegen la originalidad de la obra, así como la reputación e identidad del autor. Además, son derechos de duración ilimitada, inalienables e irrenunciables. Los derechos morales se dividen en los siguientes derechos:

  • Derecho de divulgación. El autor decidirá sobre la publicación de su obra y en qué forma se hará.
  • Derecho de paternidad. El autor puede exigir que se le reconozca como autor de la obra.
  • Derecho a la integridad de la obra. El autor podrá exigir que se respete la integridad de la obra, que no se deforme o modifique.
  • Derecho de modificación. El autor podrá modificar o impedir la modificación de la obra.
  • Derecho de retirada de la obra. El autor podrá retirar la obra del mercado cuando cambien sus convicciones morales o religiosas, aunque deberá indemnizar al titular del derecho de explotación por los daños y perjuicios causados.
  • Derecho de acceso al ejemplar único. El autor podrá acceder al ejemplar único y raro de la obra cuando este se encuentre en poder de otro.

Derechos patrimoniales

Los derechos patrimoniales permiten al autor obtener beneficios económicos con la explotación de la obra. Estos se dividen en los siguientes derechos:

  • Derecho de reproducción. El autor podrá incorporar la obra a un medio material o inmaterial para que exista como tal.
  • Derecho de distribución. Facultad de poner la obra a disposición del público, de venderla o prestarla.
  • Derecho de comunicación pública. Facultad de que otras personas tengan acceso a la obra.
  • Derecho de transformación. El autor podrá prohibir o autorizar las modificaciones de la obra.
  • Derecho de colección. El autor podrá publicar sus obras de forma conjunta en una colección.

Cómo se protege este derecho

Es la ley de propiedad intelectual española la que regula los derechos de autor en nuestro país, si bien es cierto que estos también están regidos por otras normas nacionales y europeas.

De acuerdo con esta ley, las obras gozarán de la protección que ofrecen los derechos de autor por el mero hecho de haber creado. De hecho, las obras poseerán esta protección a pesar de no estar inscritas. No obstante, lo más recomendable es inscribir las obras creadas en el registro de la propiedad intelectual, ya que dicha inscripción puede resultar tremendamente útil en caso de que exista una disputa legal sobre la creación en cuestión.

También es posible proteger una obra incluyendo un aviso sobre los derechos de autor. De esta forma, cuando un tercero pretenda reproducir la obra en cuestión podrá saber a quién deberá pedir permiso para ello.

¿Se pueden ceder los derechos de autor?

Únicamente se pueden ceder los derechos patrimoniales, ya que los morales son irrenunciables y personalísimos. Los derechos patrimoniales se podrán ceder en actos inter vivos o mortis causa, de forma total o parcial.

Lo más habitual es que los derechos de autor se cedan en actos inter vivos a través de un contrato, en virtud del cual el autor cede a un tercero el derecho a explotar su obra a cambio de una remuneración económica, aunque también se pueden ceder de forma gratuita.


Es importante que los artistas conozcan sus derechos y, sobre todo, los tipos de derechos de autor. De esta forma, podrán salvaguardar las facultades que tienen con su obra, incluso en el caso de haber cedido estos derechos. Para ello, es fundamental estar adecuadamente formado.