Como cualquier tipo de empresa, los proyectos enfocados al sector cultural deben cumplir con una serie de obligaciones fiscales impuestas por la normativa española. Esta es una responsabilidad que afecta por igual a todas las compañías que realicen actividades económicas, sean del campo profesional que sean.
Sin embargo, en el ámbito de los proyectos dedicados a la cultura, existen ciertas diferencias a la hora de enfrentar las obligaciones fiscales de una empresa. Por su propia actividad y naturaleza, el sistema tributario español incluye ciertas exenciones y beneficios que hay que tener en cuenta.
Obligaciones fiscales de una empresa cultural
Se entiende por obligaciones fiscales de las empresas a todos aquellos impuestos, pagos de tasas y compromisos en materia tributaria que se deben enfrentar en cada ejercicio fiscal.
Sociedades limitadas, sociedades anónimas, cooperativas o profesionales independientes deben ajustar su fórmula jurídica a las normas en vigor y abonar en tiempo y forma los pagos requeridos por la Agencia Tributaria. De este modo, se evitan sanciones que pueden afectar seriamente a la actividad de la empresa.
Por supuesto, museos, archivos, productoras de cine, compañías de teatro o cualquier otro proyecto profesional ligado al arte y a la creatividad también tienen que contribuir a las arcas públicas con pagos que están directamente relacionados con las ganancias obtenidas y con la actividad realizada.
Principales impuestos a los que se enfrenta una empresa cultural
Los impuestos que afectan a una empresa cultural son exactamente los mismos que debe enfrentar cualquier tipo de proyecto. Los principales son los siguientes:
- Impuesto de sociedades: está asociado a los beneficios obtenidos por la empresa en cada ejercicio. Se basa en las declaraciones trimestrales del modelo 202 y la anual del modelo 200. Para calcularlo, hay que restar los gastos deducibles a la base imponible de los beneficios.
- IVA: toda empresa repercute el IVA de sus actividades a los clientes o usuarios de su actividad. Este IVA se refleja en las facturas, asociado al beneficio neto y se liquida trimestralmente.
- IRPF: del mismo modo, cuando se tiene trabajadores al cargo o se contrata a profesionales externos, las facturas incluyen un IRPF que hay que reservar para abonar luego a Hacienda. Se declara trimestralmente con el modelo 111 y de manera anual en el modelo 90.
- Impuesto de actividades económicas: solo aplicado a las empresas que generan más de un millón de euros anuales a partir del tercer año de existencia. Se declara en el modelo 840 y se abona el 1 de enero de cada año.
Exenciones fiscales y beneficios para empresas culturales
Las industrias culturales y creativas contribuyen al tejido socioeconómico del país. Por eso, a la hora de afrontar el pago de impuestos existen ciertas exenciones fiscales de las que estos proyectos se pueden beneficiar. Conocerlos y tenerlos en cuenta es clave, ya que reducen la carga impositiva y, por tanto, mejoran las cuentas de los proyectos.
Algunos de ellos están reflejados en el artículo 36 de la Ley del Impuesto de Sociedades norma y se pueden clasificar en tres grandes grupos:
- Deducción fiscal por inversiones en producciones de cine y series.
- Deducción fiscal por inversiones en espectáculos escénicos y musicales.
- Deducción por producciones extranjeras del ámbito cinematográfico u otras obras audiovisuales.
El artículo 35 de la misma norma también incluye beneficios que tienen que ver con la deducción por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica, de los que podrían beneficiarse el sector de la animación o el del videojuego.
Por último, a nivel estatal existen diferentes deducciones fiscales relativas a la conservación y mantenimiento del Patrimonio Histórico Español. Estas ventajas se detallan en la Memoria de Políticas de Fomento de las Industrias Culturales y Creativas.
Consecuencias de no cumplir con las obligaciones fiscales
Por supuesto, la primera de las consecuencias por incumplir las obligaciones fiscales de una empresa es la de las posibles sanciones. Ante el impago o la incorrecta liquidación de impuestos y tasas, la Administración tiene la autoridad suficiente para penalizar a la empresa y exigir un pago mayor.
Pero eso no es todo. Además de las sanciones, multas y abono de recargos e intereses, las empresas culturales se enfrentan a embargos y confiscaciones. Esta puede ser la solución impuesta por la Tesorería Pública ante el incumplimiento por parte de las empresas. De esta manera, se cubriría la deuda fiscal.
Todo ello lleva a graves problemas legales y de reputación que repercutirán a la empresa de cara a su relación con los usuarios, socios y proveedores. Y esto se resume en una pérdida de autoridad en el sector que puede convertirse en un problema económico y de funcionamiento para el proyecto.
Los profesionales del sector que quieran estar al día de toda la normativa referente a las industrias culturales tienen a su alcance muchísimas opciones para formarse. Algunas de ellas son nuestras propuestas formativas, como el Curso Derecho de la Cultura y el Arte: Aspectos Básicos o el curso Fiscalidad del Arte y la Cultura, que te invitamos a conocer.




